Casación No. 609-2016

Sentencia del 20/02/2017

“…esta Cámara [Civil] al analizar las argumentaciones presentadas por el recurrente, determina que se denunció la aplicación indebida del artículo 147 inciso d) de la Ley del Organismo Judicial, artículo que también fue denunciado como infringido en el submotivo de interpretación errónea de la ley, por lo que en el presente caso existe error de planteamiento, porque los vicios de aplicación indebida e interpretación errónea de la ley son excluyentes entre sí; en efecto, atendiendo a la naturaleza de cada uno, la infracción de una misma norma legal mediante estos dos casos de procedencia establecidos por el inciso 1° del artículo 621 del Código Procesal Civil y Mercantil es improcedente, desde un punto de vista lógico y legal, toda vez que el Tribunal no puede incurrir en dos vicios de distinta naturaleza respecto a la misma normativa. Lo anterior es evidente cuando el recurrente, en su tesis, denuncia como aplicado indebidamente e interpretado erróneamente el mismo artículo…”